Formación básica y permanente de los profesionales y cuidadores que atiendan a las personas en situación de dependencia según la llamada Ley de Dependencia

Los cambios demográficos y sociales que viene experimentando la sociedad española en los últimos años del siglo XX e inicios del s. XXI han hecho aflorar una doble realidad; por una parte, el progresivo envejecimiento de la población y el fuerte incremento de las situaciones de dependencia; y por otra, la ruptura del modelo familiar de atención y cuidado. En este sentido, la promulgación de la llamada “Ley de Dependencia” (Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, publicada en el BOE del 15-12-2006), surge como una respuesta de los poderes públicos a la creciente demanda de cuidados de la población que vive en situación de dependencia, reconociendo el derecho de los ciudadanos y ciudadanas que no puedan valerse por sí mismos a recibir atención y apoyo por parte del Estado.

La Administración Pública, para poder hacer efectivo este derecho creó el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) (como establece la propia Ley 39/2006 en su Título I, Capítulo I), con la colaboración y participación de todas las Administraciones Públicas. Este sistema integra diferentes servicios de atención a las personas en situación de dependencia y promoción de la autonomía personal (Capítulo II del Título I de la ley) , planteando la necesidad de dotarse de un importante número de profesionales que garanticen unos cuidados de calidad. Si al hecho de la necesidad de contar con un importante número de trabajadores en el sector de atención a la dependencia, se le une la necesidad de la calidad de la atención, que recoge como clara prioridad la “Ley de Dependencia” (TÍTULO II, “La calidad y eficacia del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia”) es fácil comprender la importancia de obtener el certificado de profesionalidad.

Recalcando la importancia de la Calidad y la Formación, la propia ley expresa, en el artículo 36, que se atenderá a la formación básica y permanente de los profesionales y cuidadores que atiendan a las personas en situación de dependencia, con la creación y publicación de los certificados de profesionalidad de atención a personas dependientes en instituciones y en el domicilio (para más información sobre los certificados y cualificaciones de profesionalidad, puede consultar nuestro documento anexo).

En este sentido, es importante resaltar lo que expresa la RESOLUCIÓN de 2 de diciembre de 2008, de la Secretaría de Estado de Política Social, Familias y Atención a la Dependencia y a la Discapacidad por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, sobre criterios comunes de acreditación para garantizar la calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, en el ANEXO “Acuerdo sobre Criterios comunes de acreditación para garantizar la calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD)”:

“…se acreditarán las entidades privadas para cada uno de los centros y servicios previstos en el catálogo de la Ley…”

 “…Los Cuidadores y Cuidadoras, Gerocultores y Gerocultoras o categorías profesionales similares deberán acreditar la cualificación profesional de Atención Sociosanitaria a Personas Dependientes en Instituciones Sociales…”

“…Los requisitos relativos a las cualificaciones profesionales anteriormente reseñados serán exigibles progresivamente, en los porcentajes sobre los totales de las respectivas categorías profesionales de las correspondientes plantillas que se detallan en el cuadro siguiente:

(Extraído de la Resolución de 2 de Diciembre de 2008, BOE num 303, del 17-12-2008)

               
Como se aprecia en las anteriores indicaciones del Consejo Interterritorial, es preciso:

o      por un lado que los profesionales de atención directa a personas en situación de dependencia tengan la formación de calidad precisa (cualificación y certificado de profesionalidad)
o      y por otro, que el 100% de la plantilla de los centros de atención (residencias, centros de día…), para el año 2015, posea dicha cualificación profesional exigida (Certificado de profesionalidad Atención sociosanitaria a personas dependientes en Instituciones Sociales entre ellos)